El consentimiento, la clave de la sentencia de Alves: considera que "acercar las nalgas al acusado" no implica consentir todo

El texto de la sentencia remarca con insistencia que el flirteo de la víctima con Alves no implica consentimiento.

El consentimiento, la clave de la sentencia de Alves: considera que "acercar las nalgas al acusado" no implica consentir todo

El texto de la sentencia remarca con insistencia que el flirteo de la víctima con Alves no implica consentimiento.

El futbolista Dani Alves conoció este jueves la resolución del juicio por la agresión sexual a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona, una pena de cuatro años y seis meses más una indemnización económica, en una sentencia que se sostiene principalmente en la tesis de la ausencia de consentimiento de la víctima pese al flirteo que mantuvo con el futbolista.

Así lo recalcan una serie de contundentes frases que aparecen de forma explícita en el texto de la misma, argumentos que refuerzan la idea de que la existencia de un flirteo inicial entre la víctima y el futbolista no justifica lo ocurrido posteriormente en el baño de la discoteca.

«Ni que la denunciante haya bailado de manera insinuante, ni que haya acercado sus nalgas al acusado, o que incluso haya podido abrazarse al acusado, puede hacernos suponer que prestaba su consentimiento a todo lo que posteriormente pudiera ocurrir», avisan los jueces en la sentencia.

Los magistrados de la sección 21 de la Audiencia de Barcelona insisten en que el consentimiento en las relaciones sexuales «debe prestarse siempre antes e incluso durante la práctica del sexo, de tal manera que una persona puede acceder a mantener relaciones hasta cierto punto y no mostrar el consentimiento a seguir, o a no llevar a cabo determinadas conductas sexuales o hacerlo de acuerdo a unas condiciones y no otras».

«Es más, el consentimiento debe ser prestado para cada una de las variedades de relaciones sexuales dentro de un encuentro sexual» y añaden que ni siquiera haber hecho tocamientos a una persona, por ejemplo, implicaría prestar consentimiento para otras prácticas.

Con estas afirmaciones, los jueces han argumentado la condena de cuatro años y medio que han dictado este jueves para Alves por la agresión sexual que cometió el 30 de diciembre de 2022 en la discoteca Sutton de Barcelona.