Xavi vuelve a ganar a Hacienda porque le hicieron mal el cálculo de los impuestos
La Audiencia Nacional (AN) ha vuelto a anular una liquidación de impuestos de la Agencia Tributaria al entrenador del Fútbol Club Barcelona, Xavi Hernández, en esta ocasión de 369.722 euros, que se suma a la revocada en el pasado mes de marzo y por idéntica razón: Hacienda usó un método equivocado a la hora de calcular cuántos impuestos tenía que pagar en relación con los derechos de imagen.
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), adscrito al Ministerio de Hacienda, desestimó en 2019 las reclamaciones de Xavi contra esa liquidación, por lo que el también exfutbolista del Barcelona recurrió y ahora la Audiencia Nacional le ha dado, de nuevo, la razón. Así lo plasma la Sala de lo Contencioso en una sentencia, del 26 de abril, a la que ha tenido acceso Europa Press.
Dictada por el magistrado Rafael Villafáñez y en 10 páginas, la Sala de lo Contencioso concluye que la Agencia Tributaria echó mano de un método «subsidiario, sin justificación suficiente de la imposibilidad de aplicar los principales», al cuantificar los impuestos a abonar a las arcas públicas, en concepto de Impuesto de Sociedades y por los ejercicios de 2013 y 2014, por Galileu 136, la empresa de Xavi y a la que había cedido sus derechos de imagen.
Hacienda utilizó para la inspección el método de distribución de resultados, consideró «incompleta» la documentación aportada por la empresa del exfutbolista y acordó una sanción de 602.222 euros. Sin embargo, la AN, como ya hiciera en la anterior ocasión, señala que tienen prioridad otras formas de cálculo, como el precio libre comparado, el coste incrementado y el precio de reventa.
En marzo, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia ya tumbó otra resolución del TEAC sobre Xavi. Según la inspección tributaria, Galileu 136, la empresa asociada al exfutbolista, debía abonar al Estado casi un millón de euros en impuestos entre 2009 y 2012.
Xavi alegó que la Agencia Tributaria había mezclado en la inspección el dinero que él había cobrado esos años como jugador del Barcelona con los ingresos conseguidos a través de otras entidades.
Los casos de Iniesta y Puyol
El ahora entrenador fundamentó su recurso en una sentencia anterior de uno de sus antiguos compañeros de equipo, Andrés Iniesta, a quien en febrero la Audiencia le anuló una liquidación de 200.863 euros por el mismo motivo, es decir, que la Agencia Tributaria no había explicado por qué su método era el adecuado. A Iniesta también le fue revocada, en marzo, otra por 2.014.013 euros.
Otro compañero de ambos, Carles Puyol, corrió la misma suerte tras recurrir la decisión del TEAC sobre una inspección que le emplazaba a pagar 1.711.115 euros por el periodo 2010-2014.
En todos los casos, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia se ha escudado, para anular las resoluciones del TEAC, en la falta de justificación del método de cálculo fiscal escogido por Hacienda.
La Audiencia Nacional (AN) ha vuelto a anular una liquidación de impuestos de la Agencia Tributaria al entrenador del Fútbol Club Barcelona, Xavi Hernández, en esta ocasión de 369.722 euros, que se suma a la revocada en el pasado mes de marzo y por idéntica razón: Hacienda usó un método equivocado a la hora de calcular cuántos impuestos tenía que pagar en relación con los derechos de imagen.
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), adscrito al Ministerio de Hacienda, desestimó en 2019 las reclamaciones de Xavi contra esa liquidación, por lo que el también exfutbolista del Barcelona recurrió y ahora la Audiencia Nacional le ha dado, de nuevo, la razón. Así lo plasma la Sala de lo Contencioso en una sentencia, del 26 de abril, a la que ha tenido acceso Europa Press.
Dictada por el magistrado Rafael Villafáñez y en 10 páginas, la Sala de lo Contencioso concluye que la Agencia Tributaria echó mano de un método «subsidiario, sin justificación suficiente de la imposibilidad de aplicar los principales», al cuantificar los impuestos a abonar a las arcas públicas, en concepto de Impuesto de Sociedades y por los ejercicios de 2013 y 2014, por Galileu 136, la empresa de Xavi y a la que había cedido sus derechos de imagen.
Hacienda utilizó para la inspección el método de distribución de resultados, consideró «incompleta» la documentación aportada por la empresa del exfutbolista y acordó una sanción de 602.222 euros. Sin embargo, la AN, como ya hiciera en la anterior ocasión, señala que tienen prioridad otras formas de cálculo, como el precio libre comparado, el coste incrementado y el precio de reventa.
En marzo, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia ya tumbó otra resolución del TEAC sobre Xavi. Según la inspección tributaria, Galileu 136, la empresa asociada al exfutbolista, debía abonar al Estado casi un millón de euros en impuestos entre 2009 y 2012.
Xavi alegó que la Agencia Tributaria había mezclado en la inspección el dinero que él había cobrado esos años como jugador del Barcelona con los ingresos conseguidos a través de otras entidades.
Los casos de Iniesta y Puyol
El ahora entrenador fundamentó su recurso en una sentencia anterior de uno de sus antiguos compañeros de equipo, Andrés Iniesta, a quien en febrero la Audiencia le anuló una liquidación de 200.863 euros por el mismo motivo, es decir, que la Agencia Tributaria no había explicado por qué su método era el adecuado. A Iniesta también le fue revocada, en marzo, otra por 2.014.013 euros.
Otro compañero de ambos, Carles Puyol, corrió la misma suerte tras recurrir la decisión del TEAC sobre una inspección que le emplazaba a pagar 1.711.115 euros por el periodo 2010-2014.
En todos los casos, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia se ha escudado, para anular las resoluciones del TEAC, en la falta de justificación del método de cálculo fiscal escogido por Hacienda.